Darse de alta como autónomo en España implica dos trámites distintos: uno ante la Agencia Tributaria (Hacienda) y otro ante la Seguridad Social. Ninguno tiene coste y ambos se hacen por internet. En esta guía te explico qué hace cada uno, qué necesitas tener a mano y qué errores conviene evitar. Actualizada en octubre de 2026.
En resumen
- Son dos trámites gratuitos: el alta censal en Hacienda (modelo 036) y el alta en el RETA de la Seguridad Social.
- Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- El alta en Hacienda se presenta antes de empezar a facturar.
- Si eres nuevo autónomo, pide la tarifa plana en el momento del alta.
Cuándo es obligatorio hacerse autónomo
Hay que darse de alta cuando se ejerce una actividad económica de forma habitual, por cuenta propia y con ánimo de obtener ingresos. No depende de cuánto factures: si vas a emitir facturas de forma regular como freelance, profesional o pequeño negocio, lo normal es que necesites el alta.
Antes de empezar: lo que necesitas tener a mano
- Un sistema de identificación electrónica: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Tu NIF o NIE y tu número de afiliación a la Seguridad Social (si has trabajado antes, ya lo tienes).
- La actividad que vas a realizar, con su epígrafe del IAE y su código CNAE.
- Una estimación de tus ingresos y gastos para elegir la base de cotización.
- Un número de cuenta para domiciliar la cuota mensual.
Paso 1: alta en Hacienda con el modelo 036
La declaración censal comunica a la Agencia Tributaria que vas a iniciar una actividad económica, cuál es y qué obligaciones fiscales tendrás (IVA, IRPF, retenciones). El alta se presenta antes de iniciar la actividad y antes de emitir la primera factura.
Un detalle importante: el modelo 037, la versión simplificada que usaban muchos autónomos, quedó suprimido tras la Orden HAC/1526/2024. Hoy todas las altas, modificaciones y bajas censales se hacen con el modelo 036, que cuenta con un asistente simplificado para los casos sencillos.
En el formulario tendrás que indicar, entre otras cosas, la fecha de inicio de la actividad, el epígrafe del IAE, el régimen de IVA y la forma en que tributarás en el IRPF. Si vas a trabajar desde casa, conviene reflejarlo.
Paso 2: alta en el RETA de la Seguridad Social
El segundo trámite te inscribe en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Se gestiona por internet a través de Importass, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social. Allí indicarás tu actividad, la mutua colaboradora y tu base de cotización.
La fecha de inicio de actividad debe ser coherente en los dos trámites. Si algo no cuadra, pueden aparecer problemas al emitir facturas o al reclamar bonificaciones.
Paso 3: elige tu base de cotización y valora la tarifa plana
Desde 2023 la cuota de autónomos depende de tus rendimientos netos reales, dentro de un sistema de 15 tramos. Al darte de alta tienes que estimar cuánto vas a ganar y elegir una base dentro de tu tramo. Si eres un autónomo nuevo y cumples los requisitos, además puedes solicitar la tarifa plana en el mismo momento del alta. Conviene entender bien ambos conceptos antes de decidir.
Qué ocurre después del alta
- Recibirás el documento de afiliación y el justificante de alta.
- Tendrás que presentar el IVA y el IRPF cada trimestre, salvo que tu actividad esté exenta.
- Debes emitir facturas con todos los requisitos legales.
- Pagarás la cuota de la Seguridad Social cada mes mediante domiciliación.
Errores frecuentes
- Empezar a facturar antes de presentar el alta censal.
- Elegir un epígrafe del IAE que no corresponde con la actividad real.
- Estimar mal los ingresos: pagarás de más o de menos durante el año, aunque luego se regulariza.
- No pedir la tarifa plana en el momento del alta cuando se cumplen los requisitos.
- Darse de alta y de baja varias veces en poco tiempo, algo que puede hacerte perder bonificaciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta darse de alta? Los trámites en sí son gratuitos. Lo que pagas es la cuota mensual de la Seguridad Social.
¿Puedo hacerlo sin gestor? Sí, si tienes identificación electrónica y tu caso es sencillo. Un gestor puede ayudarte si dudas con el epígrafe, el régimen de IVA o la elección de la base.
Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal. Las normas y los importes pueden cambiar, así que confirma siempre los datos en las fuentes oficiales.
