Si eres profesional autónomo, es probable que tengas que añadir una retención de IRPF a tus facturas. Esa cantidad no es un gasto tuyo: es un adelanto de tu impuesto que ingresa tu cliente a Hacienda. Te explico cuándo se aplica, cuánto es y cómo afecta a tus impuestos. Actualizado en octubre de 2026.
En resumen
- Los profesionales aplican por regla general una retención del 15 % en sus facturas.
- Los nuevos autónomos pueden aplicar el 7 % el año del alta y los dos siguientes, pero es opcional.
- Solo se retiene al facturar a empresarios, profesionales y sociedades, normalmente no a particulares.
- Lo retenido se descuenta de tu modelo 130 y de tu declaración de la renta.
Qué es la retención de IRPF
Cuando facturas como profesional a otro empresario, profesional o sociedad, tu cliente descuenta una parte del importe y la ingresa a Hacienda a tu nombre. Es el mismo mecanismo que en una nómina, pero aplicado a una factura. Tú cobras menos, pero ese dinero cuenta como un pago a cuenta de tu IRPF.
Cuánto se retiene
| Situación | Retención |
|---|---|
| Profesional con actividad en marcha | 15 % |
| Nuevo profesional, el año de inicio y los dos siguientes (opcional) | 7 % |
Cuándo se aplica
- Cuando tu actividad es profesional, es decir, estás dado de alta en epígrafes de profesionales del IAE.
- Cuando tu cliente es un empresario, un profesional o una sociedad en España.
- Normalmente no cuando facturas a un particular.
Ejemplo en una factura
Cálculo
Base imponible: 1.000 euros. IVA al 21 %: 210 euros. Retención al 15 %: 150 euros.
Total a cobrar: 1.000 + 210 – 150 = 1.060 euros. Tu cliente ingresa los 150 euros en Hacienda a tu nombre.
El 7 % de los nuevos autónomos
La normativa permite aplicar un tipo reducido durante el año de inicio de la actividad profesional y los dos siguientes. No es automático: debes comunicar por escrito a cada cliente que cumples las condiciones, entre ellas estar iniciando la actividad y no haberla ejercido el año anterior. Pasados los tres años se vuelve al 15 %.
Es una opción, no una obligación. Con el 7 % cobras más en cada factura, pero adelantas menos impuesto y puede que después tengas que pagar más al hacer la renta. Valora tu caso antes de decidir.
Cómo afecta a tus impuestos
- En el modelo 130, las retenciones que te han practicado se restan del pago fraccionado.
- En la declaración de la renta, lo retenido se descuenta del impuesto que te sale.
- Si al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior llevó retención, normalmente no tienes que presentar el modelo 130.
Errores frecuentes
- Aplicar el 7 % sin cumplir los requisitos o sin comunicarlo al cliente.
- Retener a un cliente particular a quien no corresponde.
- Calcular la retención sobre el total con IVA en lugar de sobre la base imponible.
- Olvidar restar las retenciones en el modelo 130.
- Seguir aplicando el 7 % una vez pasado el tercer año.
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Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal. Las normas y los importes pueden cambiar, así que confirma siempre los datos en las fuentes oficiales.
